Partería tradicional en México
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Durante décadas, mujeres de comunidades indígenas y rurales han acompañado nacimientos siguiendo conocimientos transmitidos de generación en generación. Sin embargo, hoy muchas de ellas enfrentan un escenario distinto: La entrada en vigor de la NOM-020 en materia de partería, publicada en el Diario Oficial de la Federación, ha colocado a las parteras tradicionales ante requisitos administrativos que les  impiden realizar su labor  de acompañamiento a las mujeres, ademas de  negarle el derecho a registrar a sus hijos e hijas recién nacidos a las familias que opten por este práctica ancestral.  

“Ahorita hay un problema en Guerrero y en Baja California. Hay niños sin registro, es decir que no tienen acta de nacimiento. Son niños que fueron atendidos por parteras tradicionales”, Amparo Calderón, partera tradicional desde hace más de 34 años.

NOM-020 y las preocupaciones de las parteras

Las organizaciones de parteras han expresado preocupación por diversos aspectos de la NOM-020 en materia de partería, que entró en vigor el 31 de agosto de 2025,  al considerar que las disposiciones regulatorias fueron elaboradas sin un proceso de consulta previa, libre e informada con las parteras tradiciones que desde varias generaciones se han transmitido el saber.

Entre los señalamientos destaca la clasificación de distintos tipos de partería y la incorporación de requisitos administrativos que, afirman, no siempre consideran las condiciones en las que se desarrolla esta práctica en territorios rurales e indígenas.

“Esta norma lo que trata de hacer o lo que generó fue una subordinación. Están  desplazando estos saberes ancestrales que ellas han tenido pues de toda la existencia”, Carolina Fragoso, abogada del Instituto de la Defensoría Pública Federal (IFDP). 

Las parteras sostienen que estas medidas pueden dificultar el reconocimiento institucional de conocimientos que históricamente han sido transmitidos fuera de los sistemas formales de formación profesional.

“Somos guardianas de la vida”

Amparo Calderón, es partera tradicional desde hace más de 34 años,  aprendió desde niña observando a su madre acompañar embarazos y atender partos en su comunidad. Su formación no ocurrió en un salón de clases. Fue el resultado de conocimientos transmitidos entre generaciones, de la observación cotidiana y de una práctica profundamente vinculada a la vida comunitaria. A los 14 años participó en el nacimiento de su hermana menor, una experiencia que marcó el inicio de una labor que ha desarrollado durante décadas.

“Algo que la partería tiene es que nosotros somos guardianas de la vida”, asegura Amparo en entrevista en su casa en  Hiuxquilucan, Estado de México, donde ejerce la partería tradicional.   

Como ocurre con miles de parteras tradicionales en México, su trabajo no se limita al momento del parto. Incluye el acompañamiento durante el embarazo, la atención posterior al nacimiento, el uso de conocimientos herbolarios y el apoyo emocional a las mujeres y sus familias.

“La partería tradicional no no solamente hace su su trabajo, su servicio de una manera o una atención física, si no hacemos una atención desde lo espiritual, desde lo ceremonial, desde lo emocional”, explicó.

Amparo advierte que la incertidumbre generada por los nuevos requisitos puede impactar tanto a quienes ejercen la partería como a las mujeres que deciden recibir acompañamiento durante el embarazo y el parto bajo este modelo de atención.

La defensa jurídica

Ante este escenario, el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) ha promovido diversas acciones legales para cuestionar aspectos de la regulación y sus posibles efectos sobre derechos individuales y colectivos.

Los amparos impulsados por la institución plantean, entre otros argumentos:

  • La falta de consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas.
  • Posibles afectaciones al derecho a la identidad de niñas y niños.
  • El impacto de las medidas en la libertad de las mujeres para elegir la forma de atención durante el embarazo y el parto.
  • La protección de la partería tradicional como una práctica vinculada al patrimonio cultural de los pueblos indígenas.

A través de estos recursos, se busca que los órganos jurisdiccionales determinen si las disposiciones cumplen con los estándares constitucionales y de derechos humanos aplicables.

“Esta norma lo que hace realmente pues es controlarlas, es limitarlas, es eh como tal condicionar por ejemplo, la emisión de certificados de nacimiento”,  Carolina Fragoso, abogada del IFDP. 

Más allá de la regulación

La discusión sobre la partería tradicional trasciende el ámbito administrativo. También plantea preguntas sobre la forma en que el Estado reconoce los sistemas de conocimiento ” por los pueblos indígenas y las comunidades rurales.

“Se ha dado mucho la usurpación. Aparecen mujeres que son enfermeras, obstetras y ya se llaman parteras tradicionales. La filosofía y la cosmovisión de la partería tradicional es distinta. Hacemos rezos, hacemos uso de los elementos, la partería tradicional es parte de lo cotidiano. No es un disfraz”, asegura Amparo Calderón.

Mientras continúan los procesos legales, mujeres como Amparo Calderón siguen acompañando nacimientos en comunidades donde la partería forma parte de la vida cotidiana. Su historia refleja la permanencia de un conocimiento transmitido de generación en generación y que, hoy, busca mantener su lugar dentro de un sistema de salud cada vez más regulado.

Liga del corto documental “Salud materna: partería tradicional en México”:

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