Tribunal permite venta de comida "no saludable" en cafeterías universitarias -
Compartir:

Un tribunal federal respaldó el derecho de las universidades mexicanas a seguir vendiendo alimentos de todo tipo en sus cafeterías, incluso aquellos que no son considerados “saludables”. Esta decisión se tomó tras impugnar los lineamientos emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que restringían la oferta alimentaria en instituciones de educación superior.

En septiembre de 2024, la SEP publicó una serie de reglas que prohibían a las universidades preparar, distribuir y vender productos alimenticios que no cumplieran con criterios de salud establecidos por la autoridad educativa. El objetivo: fomentar entornos escolares más saludables. Sin embargo, algunas instituciones reaccionaron señalando que estas medidas atentaban contra la libertad de elección de sus estudiantes, quienes en su mayoría son mayores de edad.

Una universidad interpuso una demanda y solicitó una suspensión provisional, es decir, una medida legal que detiene temporalmente la aplicación de una norma mientras se analiza si esta es justa o constitucional. El juez de primera instancia le dio la razón, argumentando que los estudiantes universitarios tienen derecho a decidir lo que consumen como parte de su libre desarrollo de la personalidad.

La SEP impugnó esa decisión, pero un Tribunal Colegiado de Circuito confirmó la suspensión. En su fallo, señaló que prohibir la venta de alimentos considerados “no saludables” en universidades afecta no solo los derechos individuales, sino también los contratos entre las instituciones educativas y sus proveedores. Enfatizó que al tratarse de personas adultas, los estudiantes pueden ejercer su libertad de elección, protegida por la Constitución.

Este criterio fue publicado como tesis aislada I.20o.A.85 A (11a.) el viernes 30 de mayo de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación. Aunque la decisión aún no genera jurisprudencia obligatoria, ya que existe una contradicción de criterios (6/2025) en análisis por parte del Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, sí marca un precedente relevante sobre los límites de las políticas públicas en contextos universitarios.

Con esta resolución, las universidades pueden seguir ofreciendo alimentos variados, incluso si no cumplen con los estándares de “comida saludable”, en reconocimiento del derecho de los estudiantes adultos a tomar sus propias decisiones sobre su alimentación.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA PROHIBICIÓN A LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LLEVAR A CABO LA PREPARACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y EXPENDIO DE ALIMENTOS QUE NO FAVOREZCAN A LA SALUD. Tesis: I.20o.A.85 A (11a.)Queja 528/2024. Registro digital: 2030461. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.

Autor

Compartir:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *