Sentencia histórica en Chihuahua: un grito de justicia por los animales -
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En un fallo sin precedentes que redefine el panorama de la protección animal en México, un Tribunal Colegiado en Chihuahua ordenó reconocerle el carácter de víctima indirecta a una persona para que pueda acceder a una carpeta de investigación relacionada con el maltrato animal de más de doscientos perros en un albergue en Chihuahua. Este es un precedente muy significativo que va en la línea de decir no al maltrato animal.

El 12 de marzo de 2024, esta persona denunció ante la Fiscalía a la asociación “Ayudar por Ayudar” por el delito de maltrato animal contra más de doscientos caninos. La denuncia surgió a raíz de imágenes difundidas en redes sociales que mostraban perros muertos, moribundos y en condiciones deplorables.

La investigación a cargo del Misterio Público permaneció paralizada. Ante esta inacción, la denunciante solicitó audiencias ante la Jueza de Control, argumentando que era urgente una intervención debido al riesgo de muerte por inanición de los animales. 

En julio de 2024 la Jueza de Control requirió al Ministerio Público a realizar actos de investigación, incluyendo revisiones veterinarias o inspecciones de jaulas, sin embargo, de acuerdo al expediente, estos no se llevaron a cabo.  

En abril de 2025, el Ministerio Público le negó acceso a la carpeta de investigación, argumentando que no era parte del procedimiento. Inconforme, la denunciante presentó un juicio y posteriormente un recurso de queja, para que se le reconozca su carácter de víctima de directa en el caso de maltrato animal.

Argumentó que la omisión del Ministerio Público de investigar adecuadamente y de permitirle el acceso a la carpeta de investigación vulneraba su derecho humano a un medio ambiente sano y obstaculizaba su acceso a la justicia. Subrayó que los animales no humanos son parte del medio ambiente, y que el delito de maltrato animal afecta directamente su esfera jurídica al menoscabar este derecho fundamental. Asimismo, invocó el Acuerdo de Escazú, que obliga al Estado a garantizar el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Al resolver el recurso de queja 268/2025, a propuesta de la Magistrada Nancy Sánchez Corona, el  Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoséptimo Circuito declaró fundado el recurso de queja y le concedió la suspensión provisional para tener acceso a la carpeta de investigación en su calidad de víctima indirecta, y en consecuencia poder intervenir en la investigación del delito de maltrato animal cometido contra más de doscientos animales caninos. 

La sentencia del Tribunal destaca que la concesión de la suspensión no contraviene disposiciones del orden público ni es en prejuicio del interés social, por el contrario, es una muestra de que la sociedad tiene un interés legítimo y directo en la existencia de un medio ambiente sano y en la adecuada investigación de delitos como el maltrato animal.

El Tribunal dio por ciertas las manifestaciones de maltrato animal de la denunciante, que fueron hechas bajo protesta de decir verdad, y en la sentencia enfatizó que atendiendo el principio de progresividad de los derechos humanos, debe avanzarse en el reconocimiento de las personas con interés legítimo en el acto reclamado. 

Considerar que la denunciante no tiene el carácter de víctima indirecta dejaría en indefensión a los animales directamente afectados y al derecho a un medio ambiente sano, concluye el recurso de queja. 

Esta sentencia del Segundo Tribunal Colegiado en Chihuahua no es solo un caso aislado; es un hito significativo que abre un nuevo capítulo en la protección animal y el acceso a la justicia en México:

Protección jurídica de los seres sintieses en relación al medio ambiente: Conecta directamente la protección animal con el derecho a un medio ambiente sano, permitiendo a los ciudadanos ser reconocidos como víctimas indirectas.

Amplía el concepto de víctima indirecta. Abre la puerta a que la ciudadanía preocupada por el maltrato animal pueda no solo denunciar, sino también formar parte activa de las investigaciones penales.

Fomenta la participación ciudadana: Empodera a las personas denunciantes, garantizando acceso a la información y una participación activa en las investigaciones.

Exige diligencia a las autoridades: Obliga a los Ministerios Públicos a actuar con mayor celeridad y eficacia en la investigación de delitos de maltrato animal.

Protección anticipada de derechos: Reafirma la posibilidad de otorgar suspensiones provisionales para corregir violaciones de derechos humanos desde etapas tempranas.

Interés legítimo en maltrato animal: Fortalece el marco legal para que individuos con un interés legítimo y diferenciado puedan defender el medio ambiente y la integridad de los animales.

En definitiva, esta resolución no solo busca justicia para los animales maltratados en Chihuahua, sino que sienta las bases para una mayor protección jurídica de los seres sintientes y el medio ambiente, permitiendo una intervención ciudadana más efectiva y obligando a las autoridades a cumplir con sus responsabilidades en la investigación de estos delitos.

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Comentarios en “Sentencia histórica en Chihuahua: un grito de justicia por los animales

  1. Pues como es nota a su modo de esta persona que se hace llamar licenciada poco brillante Sus.Aco patrocinada por gente que vive en frac-resid-cañ. Con un alto nivel de esquizof., como van ha estar alegando que es maltrato animal de una Asociación Civil que se dedica a Rescatar y Defender Animales, si saben en las condiciones deplorables que se han rescatados esos animales, en el estado fisico que se encontraban, así como su recuperación veterinaria que han logrado

    Por esa Asociación esos mas de 200 perros aún siguen con vida y durante 15 años otro tanto de alrededor de 500 han encontrado hogares con adoptantes responsables.

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