Corte y Claro. Más allá del prejuicio: la SCJN y la justicia para las trabajadoras del hogar -
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¿Sabías que en México más de 2 millones de personas se dedican al trabajo del hogar, y la mayoría son mujeres de origen indígena o pertenecientes a grupos marginados? Esta realidad las coloca en una situación de vulnerabilidad marcada por prejuicios y condiciones económicas adversas. La discriminación que enfrentan se refleja en la escasa valoración social de su labor y en los obstáculos que encuentran para acceder a la justicia.

En este contexto, un caso reciente en Tepic, Nayarit, puso en el centro del debate la confianza, la justicia y los derechos de las trabajadoras del hogar. En 2020, una empleada doméstica fue acusada de sustraer dinero, joyas y un celular del domicilio donde trabajaba. El proceso penal avanzó rápidamente: el Tribunal Unitario de Enjuiciamiento local la declaró culpable de robo calificado y la sentenció a cinco años de prisión.

La defensa argumentó que su clienta debía ser juzgada con perspectiva de género, considerando que era mujer y pertenecía a un grupo históricamente vulnerable. Sostuvo que, al tratarse de una persona con escasos recursos económicos, el proceso debía contemplar los contextos de desigualdad y discriminación que enfrentan las trabajadoras domésticas en México. Además, señaló que acusar a una empleada doméstica de robo en su lugar de trabajo suele estar cargado de prejuicios sociales, lo que exige analizar el caso con mayor rigor y sensibilidad.

Respecto a la solidez de la acusación, la defensa subrayó que no se acreditó fehacientemente el delito imputado. Resultó sospechoso que la fiscalía se desistiera del único testigo con contacto directo con la acusada, dejando sin sustento la versión acusatoria. La credibilidad de los testigos fue cuestionada, ya que ninguno tenía conocimiento directo de los hechos, basando su certeza únicamente en lo que la víctima les había contado. Esto generaba dudas razonables sobre la participación real de la acusada.

A pesar de estos argumentos, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Nayarit confirmó el fallo en 2021. La defensa recurrió al juicio de amparo directo, pero los tribunales federales negaron la protección. Finalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió el recurso de revisión en septiembre de 2023.

La Primera Sala de la SCJN, al resolver el amparo directo en revisión 6172/2023, estableció que las autoridades judiciales deben abordar estos casos con una perspectiva de género interseccional, identificando las condiciones específicas de vulnerabilidad que enfrentan las mujeres trabajadoras del hogar. Reflexionó sobre la discriminación por razón de género, entrelazada con la precariedad laboral y la necesidad económica, lo que genera una forma de discriminación más compleja y profunda. Por ello, es indispensable aplicar un análisis interseccional que visibilice esta opresión diferenciada, intensificada por el poder punitivo del Estado.

La Sala concluyó que el Tribunal Colegiado no aplicó adecuadamente este enfoque, especialmente en relación con el derecho constitucional a vivir libre de discriminación y violencia basada en el género y otras formas de subordinación. No valoró si la solicitante del amparo, como mujer trabajadora del hogar acusada de robo en el domicilio donde prestaba sus servicios, se encontraba en una situación de vulnerabilidad que la colocara en una posición de discriminación particular.

Por estas razones, la SCJN revocó la sentencia y ordenó que el caso regrese al Tribunal Colegiado para que evalúe la posible incidencia de discriminación basada en el género —ya sea presente, continua o sistemática— en los hechos imputados. El tribunal deberá identificar si existen indicios de desventaja por razones de género y analizar el contexto de vida que llevó a la acusada a ser señalada, garantizando así un acceso a la justicia efectivo e igualitario; además de examinar exhaustivamente el material probatorio.

Si se detecta una situación de desventaja, la Primera Sala instruyó al tribunal a cuestionar la supuesta neutralidad del derecho aplicable y a evaluar el impacto diferenciado de la resolución, buscando una sentencia que tome en cuenta el contexto de desigualdad por género y otras condiciones de subordinación. Esto incluye considerar si la mujer pudo haber sido inducida o coaccionada para cometer el delito.

Finalmente, si no existen o son insuficientes los elementos para identificar estas situaciones de vulnerabilidad o discriminación, la Sala ordenó que se practiquen las pruebas necesarias para esclarecerlo. Con plena libertad jurisdiccional, el tribunal podrá decidir sobre la responsabilidad penal y, en su caso, ajustar la pena impuesta, reconociendo que las mujeres también pueden tomar decisiones conscientes de quebrantar la ley.

Este fallo sienta un precedente fundamental: la justicia en México debe administrarse con sensibilidad ante las realidades complejas que enfrentan las mujeres trabajadoras del hogar. Solo así se podrá avanzar hacia un sistema judicial realmente equitativo e inclusivo.*

SCJN ampara a trabajadora del hogar para ser juzgada sin estereotipos

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